DeportesGobiernoNacional

Ministros de Deporte, Educación y Salud presentan alcances de la Ley N° 21.778 que promueve 60 minutos diarios de actividad física en establecimientos educacionales

Desde la Escuela Especial Andalué, ubicada en la comuna de Maipú, los ministros del Deporte, Jaime Pizarro; de Educación, Nicolás Cataldo; y de Salud, Ximena Aguilera, dieron a conocer los principales contenidos, alcances e impacto de la Ley N° 21.778, recientemente promulgada, que establece la obligatoriedad de 60 minutos diarios de actividad física en los establecimientos educacionales del país, desde la educación parvularia hasta la enseñanza media.

Con la implementación de esta normativa, Chile se suma a países como Finlandia, Francia y China, que han incorporado de manera sistemática la actividad física y el deporte dentro de sus sistemas educativos, reconociendo su rol en la promoción de la salud, el bienestar integral y el desarrollo de hábitos de vida activa desde edades tempranas.

La ley contempla una aplicación progresiva a partir del año 2027. En una primera etapa, la medida se implementará en educación parvularia y primer ciclo básico, mientras que en 2028 se incorporará al segundo ciclo básico y a la enseñanza media. La normativa establece que los 60 minutos de actividad física deberán realizarse durante la jornada escolar y serán adicionales a la asignatura formal de Educación Física, lo que implica una reorganización de los tiempos escolares y de las prácticas pedagógicas.

Durante la actividad, las autoridades destacaron el carácter interministerial del trabajo que permitió concretar esta iniciativa, la cual tuvo una extensa tramitación legislativa. El proyecto fue ingresado en noviembre de 2017 por los entonces senadores Francisco Chahuán, Pedro Araya, Carlos Bianchi, Rabindranath Quinteros y Guido Girardi, permaneciendo durante siete años en la Comisión de Hacienda del Senado. Su reactivación se produjo en junio de 2024, cuando el Presidente Gabriel Boric, en el marco de su Cuenta Pública, comprometió el impulso definitivo a la iniciativa, subrayando la necesidad de garantizar la actividad física como un derecho y como una herramienta clave para la salud pública. Posteriormente, en enero de 2025, el Ejecutivo presentó indicaciones técnicas destinadas a facilitar su implementación.

El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, señaló que la ley representa un avance significativo en el bienestar integral de los estudiantes, al asegurar una hora diaria de actividad física en todos los establecimientos educacionales del país. Explicó que la implementación gradual permitirá a las comunidades educativas definir la forma en que se organizarán estas actividades, las que podrán incluir movimiento, juegos, recreación o deporte, y financiarse a través de instrumentos como los Planes de Mejoramiento Educativo (PME) y recursos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP). Asimismo, indicó que la medida busca contribuir a la reducción del sedentarismo, la obesidad infantil y a fortalecer la convivencia escolar y el bienestar socioemocional.

Por su parte, el ministro del Deporte, Jaime Pizarro, destacó el carácter colectivo del proceso que permitió la aprobación de la normativa, enfatizando que la colaboración entre el Poder Legislativo y los distintos ministerios involucrados ha sido clave para promover entornos escolares más activos. En ese sentido, subrayó que la ley no solo apunta a disminuir los tiempos de pantalla y las conductas sedentarias, sino también a generar condiciones que favorezcan el desarrollo de futuros deportistas, destacando la participación de delegaciones escolares chilenas en competencias internacionales como los Juegos Sudamericanos Escolares Asunción 2025.

La ministra de Salud, Ximena Aguilera, relevó el impacto de la normativa desde una perspectiva de salud pública, indicando que el bienestar no se construye únicamente desde el sistema sanitario, sino también a partir de las condiciones en que las personas crecen, se educan y se desarrollan. En ese contexto, recalcó que la actividad física regular tiene beneficios comprobados tanto para la salud física como mental, contribuyendo a la prevención de enfermedades crónicas y al fortalecimiento del bienestar emocional.

La Ley N° 21.778, también conocida como la “Ley de los 60 minutos”, busca abordar de manera integral problemáticas como el sedentarismo, la obesidad y el sobrepeso infantil, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que sugiere que niños, niñas y adolescentes entre 5 y 17 años realicen al menos 60 minutos diarios de actividad física moderada o vigorosa. Estas actividades deberían ser principalmente aeróbicas e incluir, al menos tres veces por semana, ejercicios que fortalezcan músculos y huesos.

Entre sus principales disposiciones, la normativa establece que los establecimientos educacionales deberán contar con espacios adecuados, equipamiento pertinente y condiciones de seguridad para el desarrollo de las actividades. Además, promueve la formación continua de docentes y asistentes de la educación en metodologías activas y en la promoción de estilos de vida saludables.

Asimismo, la ley consagra el principio de no discriminación, garantizando la participación de niños, niñas y adolescentes con discapacidad o necesidades educativas especiales, mediante ajustes razonables conforme a lo establecido en la Ley N° 20.422. La fiscalización del cumplimiento de la normativa se integrará a los planes de gestión de convivencia educativa, los cuales ya son supervisados por la Superintendencia de Educación.

Post anterior

Cerca de 10 mil estudiantes aún no cobran becas Junaeb: revisa si tienes pagos disponibles

Post siguiente

Esta es la historia más reciente.